– En 2022 se implementó un mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a mexicanos repatriados o en retorno.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que, de febrero del 2022 a julio del 2023, ha atendido a más de 5,000 migrantes que tramitaron su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como personas físicas.

Desde febrero del 2022, el SAT implementó un mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a mexicanos repatriados o en retorno.

En este sentido, pueden presentar diversos trámites en las oficinas del SAT, de los cuales la inscripción de personas físicas concentra 98 por ciento del total de atenciones, de acuerdo con un comunicado del fisco.

Las personas interesadas en inscribirse ante el RFC pueden acudir a cualquier oficina del Servicio de Administración Tributaria, pero se necesita agendar una cita en el portal https://citas.sat.gob.mx/.

Sin embargo, es relevante señalar que cada grupo de migrantes debe presentar documentos específicos para estar inscrito en el RFC.

Migrantes extranjeros

Por ejemplo, los extranjeros con condición de estancia de residentes temporales o permanentes deberán presentar el documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar su estancia en el país y que sirve como identificación oficial.

Los documentos a los que se refiere el SAT son la tarjeta de residente permanente; la tarjeta de residente temporal; la tarjeta de visitante por razones humanitarias; la tarjeta de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas; la tarjeta de visitante trabajador fronterizo; o la tarjeta de residente temporal estudiante.

También necesitarán presentar el comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses. Así como la Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación del INM, misma que puede ser utilizada como identificación oficial.

Por su parte, las personas extranjeras con calidad de refugiadas necesitan entregar el CURP temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados(COMAR) o del INM.

Sumado a lo anterior, será necesario el documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la COMAR. Además del comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.

“Aquellas personas extranjeras que no cuenten con autorización para desempeñar una actividad remunerada, pero que requieran el RFC para otros fines, podrán exhibir un escrito libre en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, los motivos por los que requieren su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes”, explicó el Servicio de Administración Tributaria.

Documentación para ciudadanos mexicanos

Para el caso de mexicanos repatriados es necesario presentar la CURP temporal con fotografía, el comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses y la credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Finalmente, los mexicanos en retorno necesitan presentar la CURP permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las Oficinas Consulares de México en el exterior.

También será necesario el acta de nacimiento o carta de naturalización en original; el comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses; y la credencial para votar desde el extranjero emitida por el INE.

Migración y detenciones en aumento

En los últimos años, México ha observado una mayor afluencia de personas que cruzan el territorio, pero con ello ha habido mayores detenciones de personas que buscan llegar del otro lado de la frontera norte.

La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) de las Naciones Unidas sostuvo en un informe anual que el 2022 fue el año con mayor número de detenciones a migrantes que transitaban por México en “situación irregular” con 444,439 arrestos, un 44 por ciento más que el 2021.

La OIM puntualizó que la personas en situación migratoria irregular son a las que se les inició un Procedimiento Administrativo Migratorio ante el INM por no acreditar su situación migratoria y a los que fueron canalizados por esta misma autoridad a los albergues de la red del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral para la Familia (DIF).

La organización también señaló que los migrantes ya no sólo son provenientes de Sur, Centroamérica y el Caribe, sino también se han visto detenciones de personas provenientes de África y Europa del Este.

El informe de la OIM señala que las emisiones de nuevas tarjetas de visitante por razones humanitarias sumaron 129,205 en todo el 2022, lo que representó un aumento de 47 por ciento anual.

Mientras que las tarjetas de residente temporal se ubicaron en 59,156 en 2022, lo que representó un aumento de 26 por ciento en comparación anual.

Fuente: El Economista.