Tijuana B.C.- La Barra Mexicana Colegio de Abogados, Capítulo Baja California realizó una sesión de actualización académica organizada por la Comisión de Derecho Fiscal de la asociación.

Leonardo Abarca Jiménez, presidente de la BMA, mencionó que el tema de la sesión fue “Decreto de reforma a la ley de ingresos de Baja California, sobretasa para seguridad e infraestructura” la cual fue expuesta por expertos fiscalistas y con amplio conocimiento del tema.

“La Barra es un foro abierto para analizar y debatir de forma técnica las situaciones y cambios jurídicos que suceden a nivel nacional”, expresó.

Señaló que con esta sesión de actualización académica se busca analizar de manera técnica esta nueva carga tributaria que se le acaba de imponer a los patrones de Baja California, en su caso, difundir y hacer notar las inconstitucionalidades que tiene esta sobretasa en particular y que va a afectar a un sector muy específico de la población, como lo es el empresarial por tratarse de un impuesto que grava la nómina.

Por su parte Patricio Rivera Silva, coordinador de la Comisión de Derecho Fiscal y Administrativo de la BMA y quien fue uno de los ponentes, dijo que la sobretasa adicional que se crea para infraestructura y fortalecimiento de la seguridad en el estado es bastante irregular por el momento en el que se está aprobando y por los posibles efectos futuros que pueda tener para las siguientes leyes de ingreso.

“Por la manera en que se reformó la ley y los elementos del proceso legislativo y su justificación hay elementos para sostener la inconstitucionalidad del mismo; la tasa quedaría en un 4.25 por ciento siendo una de las más altas del país. Se deben de revisar las implicaciones que podría tener para la Ley de Ingreso del 2023 en Baja California y estar pendientes del proceso legislativo, de la discusión y aprobación en el congreso estatal”, comentó.

Iván Curiel Villaseñor, socio del despacho TP Legal también participó como ponente y en su opinión hay argumentos sólidos para acreditar la inconstitucionalidad de la norma porque transgrede principios de proporcionalidad, equidad y legalidad tributaria y del destino del gasto público en prejuicio de los contribuyentes, principalmente los patrones.